Hablar con el copiloto mientras conducimos no es algo prohibido ni extraño. ¿Quién no ha mantenido una conversación con amigos, familiares o pareja que iban sentados a nuestro lado mientras conducimos? Álvaro López Iglesias fue multado el 23 de mayo mientras circulaba por la autovía del Cantábrico a la altura de Grases (Villaviciosa) charlando con su hermano, mientras se dirigían al santuario de Covadonga con su madre a hacer una visita turística.
Una patrulla de la Guardia Civil que los había seguido durante un rato les hizo detenerse en el arcén. El conductor, catedrático de instituto en Inglaterra, mostró la documentación del coche alquilado a los agentes tras haberla solicitado éstos. Todo estaba en orden pero acto seguido la pareja multó a Álvaro con 60€ por “ir conversando con el acompañante y no prestar la debida atención a la conducción”. Perplejo, el conductor hubo de abonar la multa en el acto.
En una entrevista concedida al diario El Comercio, A.L.I. sostiene que iba manteniendo una conversación normal con su hermano y circulando reglamentariamente. «Se trata de una conducta abusiva y arbitraria; ni siquiera llevábamos teléfonos móviles en el coche como para que se hubiesen confundido». El conductor ha recurrido la sanción y afirma haber sido tratado e increpado con una prepotencia fuera de lugar. Actualmente está a la espera de una respuesta por parte de la Administración.
Me resulta difícil que la Guardia Civil haya tenido motivos para multar a A.L.I. Desde luego, es cierto que hay que mantener toda la atención al volante, al fin y al cabo controlas una tonelada y media de metal a alta velocidad. Pero a no ser que el conductor estuviera apartando la vista de la carretera, discutiendo de manera acalorada con algún pasajero, o conduciendo de manera errática, considero la sanción injusta.
En dicha zona, cerca de donde resido, la autovía es nueva y muy amplia, además de tener poco tráfico. El conductor, de nuevo, afirma haber conducido reglamentariamente y sin poner en peligro a nadie. También es cierto que cada parte implicada tiene su versión, y ambas tienen el beneficio de la duda. Este caso recuerda bastante a la sonada sanción de 57€ que una catalana recibió por ir “tocándose el pelo” mientras conducía.