El 31 de octubre de 2008 muchos se felicitaron por la entrada en vigor de una normativa que regulaba las características que habían de cumplir los badenes que, hasta el momento, los ayuntamientos repartían por las ciudades sin un criterio definido.
El objetivo de estos dispositivos es avisar y disuadir a los conductores para que no sobrepasen los límites de velocidad establecidos, fundamentalmente en zonas muy transitadas por peatones, inmediaciones de colegios… sin embargo, la manera en la que la mayoría de ellos están hechos sólo consigue aumentar el número de frenadas en seco, porrazos en los bajos del coche, sustos para sus ocupantes, daños en el cárter y los amortiguadores y sufrimiento cervical y lumbar.
Plazo incumplido
En la nueva regulación se concedieron dos años de moratoria para que los municipios pudieran hacer las modificaciones oportunas en los badenes de la localidad. Así, un badén legal ha de tener más de un metro de rampa, un máximo de cuatro de longitud y una elevación de no más de 10 centímetros. También ha de estar convenientemente señalizado, pintado de blanco y negro y a una distancia mínima de 150 metros con respecto a otro badén.
Sin embargo, basta echar un vistazo a nuestro alrededor para comprobar que aún persisten muchos de estos resaltos pintados de blanco y rojo, mal ubicados, con una señalización deficiente y con alturas que en ocasiones llegan a los 16 centímetros, lo cual repercute negativamente en la espaldas de los conductores y en las carrocerías de los vehículos. Eso por no hablar de los desperfectos que se acaban produciendo en la vía a causa de los golpes que provocan los vehículos al pasar por encima. Según lo previsto por la ley, estas circunstancias son denunciables y los ayuntamientos tendrán no sólo que pagar sanciones, sino indemnizar a quien sufra un accidente por culpa de un badén irregular.