Resulta que la Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia que condenó a dos años de prisión a un hombre que alquiló un coche y que no lo devolvió hasta transcurridos cinco meses, cuando fue detenido por la Guardia Civil por otra causa.
Europa Press recoge que la Sala rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa. Según se declaró probado por el Juzgado de lo Penal, y consta en la sentencia de la Audiencia, el acusado, condenado en Granada por un delito de estafa, alquiló el vehículo a una empresa de ‘rent a car’ en julio de 2010, con la obligación de entregarlo en agosto. Pero el procesado “no devolvió el coche a la empresa y no abonó las cantidades adeudadas”, por lo que dispuso del vehículo como propio hasta enero de 2011, momento en el que fue arrestado por otro delito y la Guardia Civil recuperó el turismo.
El acusado reconoció que alquiló el vehículo y que no lo devolvió “porque no tenía con qué pagar en ese momento el tiempo que tuvo el coche”, pero dijo que llegó a un acuerdo con la empresa de que si no podía abonar la cantidad un mes, “se cargaría en el mes siguiente”, versión que niega la responsable de la sociedad que alquilaba.
Estos hechos han producido perjuicios por valor de 2.400 euros por el alquiler. Por esto, el juzgado condenó al acusado por un delito de apropiación indebida y se le impone una pena de dos años de prisión e indemnizar a la empresa. Frente a esta sentencia, la defensa presentó un recurso, alegando error en la valoración de la prueba e infracción del principio de presunción de inocencia.
Así, el Tribunal de apelación concluye que no se ha vulnerado la presunción de inocencia y que la valoración realizada por el juzgado de lo Penal “no puede entenderse irrazonable”, por lo que desestima el recurso presentado por la defensa y confirma la sentencia dictada en su momento.